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Te ayudamos a resolverla
¿Qué es la solar?
La Solar Energía somos una cooperativa que suministra energía solar 100% renovable procedente de pequeños productores del sureste español. Nuestra cooperativa no exige ser socio/a, puesto que se puede ser sólo usuario y contratar energía eléctrica 100% limpia.
¿Por qué contratar con la solar?
- Para que puedas consumir energía eléctrica renovable, sin sobrecoste
- Porque cambiarte es más fácil que atarse los cordones: con un simple trámite vía web, te puedes pasar a la solar
- Para que recibas un servicio mejor, transparente y que trabaje para ti, en beneficio de los usuarios y socios/as cooperativistas
- Para que colabores con un consumo responsable y de transformación del modelo energético actual haciendo un planeta mejor
- Para que te sientas bien contigo mismo y se lo cuentes a todos tus amigos, familiares y conocidos
¿De dónde proviene la energía que suministra la solar?
A través del Grupo Enercoop, comercializamos electricidad verde 100% CLASE A producida en su mayoría por la propia Enercoop mediante plantas fotovoltaicas y minihidráulicas, la mayoría de ellas situadas en el sureste de nuestro país, ya que apostamos por la producción local.
Entonces, ¿la solar es comercializadora?
Todavía no. Cuando nacimos en 2016, llegamos a un acuerdo con Enercoop (la cooperativa de energía renovable nacional más veterana) para poner en sus manos la parte de comercialización hasta que tuviéramos un numero de socios/as suficiente como para poder operar solos en el mercado eléctrico con seguridad técnica y financiera.
¿Cuánto paga la solar de impuestos?
Pagamos como cualquier empresa mediana y pequeña, el 25% en el Impuesto de Sociedades, porcentaje bastante alejado de lo que pagan algunas grandes eléctricas que no llega al 10%, en algunos casos (Fuente: Diario El País).
¿Qué se hace con los beneficios de La Solar?
Somos una cooperativa sin ánimo de lucro, por tanto no se reparten dividendos y los beneficios que obtenemos a final de año, cuando se obtienen, se reinvierten en ventajas para los socios y socias y en los proyectos de la cooperativa, que se aprueban en la Asamblea.
¿Tiene la solar algún exministro en plantilla?
No, aún no. Estamos en ello 😉
¿Existe algún teléfono de asistencia al usuario para cualquier duda o trámite?
Sí, tienes dos teléfonos gratuitos de atención al usuario: 868 24 77 33 – 673 183 116
En mi vivienda no tengo servicio de electricidad. ¿Puedo contratar la energía con vosotros?
¡Claro que sí! Tramitar el alta del nuevo punto de suministro es muy sencillo: sólo tienes que enviarnos el CIE (Certificado de Instalación Eléctrica) y el DNI del titular del servicio, bien mediante nuestro formulario de contacto, bien por correo electrónico.
En mi domicilio ya tenemos contratado un servicio de electricidad, ¿qué necesito para cambiarme a la solar?
¡Dos minutos! Solo tienes que rellenar el formulario para contratar energía y nosotros nos encargaremos de todo: hacemos un estudio de tu factura y te cambias a la solar. Sin permanencia, sin cuotas, sin gastos extra y sin penalizaciones, si decides marcharte, que esperamos que no sea así 🙂
También puedes formar parte de nuestra cooperativa rellenando nuestro formulario de socio/a y unirte a un proyecto respetuoso con el medio ambiente.
Estoy de alquiler, ¿puedo contratar la luz con vosotros?
¡Sin duda! Como usuario de la energía tienes derecho a elegir tu compañía comercializadora. Hay casos en que se prefiere que el contrato esté a nombre del propietario del piso y no del inquilino, o a la inversa, pero no hay ningún problema porque ambas opciones son posibles. Puedes solicitar el cambio de compañía eléctrica y que el titular del contrato sea otra persona.
¿Cuántos contratos puedo poner a mi nombre?
¡Los que quieras! Ya seas socio/a o usuario tienes derecho a todos los contratos de luz que quieras a tu nombre (como titular o pagador).
¿Puedo contratar la electricidad sin ser socio/a)
Sí, tenemos abierta esa posibilidad. Puedes contratar rellenando nuestro formulario para contratar energía, aunque, si te somos sinceros, nos encantaría que te asociaras, pues además de que es un único ingreso de 100€ al capital social de la cooperativa, sin cuotas de ningún tipo, estarás apoyando un proyecto local y sostenible y formarás parte de esta gran comunidad. En cualquier caso, si abandonaras la cooperativa te reembolsamos los 100€ ¡Anímate y rellena nuestro formulario para asociarse!
¿Cómo me factura la solar?
Cuando nos llegue tu lectura y el precio del mercado eléctrico de ese periodo esté cerrado, emitiremos una factura de consumo correspondiente al coste exacto de tu consumo eléctrico con las condiciones de potencia contratadas. Sin sobrecostes ni letra pequeña.
¿Cuándo se me facturará y con qué periodicidad se emite la factura?
La factura se emite cuando recibimos la lectura de la distribuidora, lo que habitualmente es cada mes. Eso quiere decir que emitimos una factura mensual. Recibirás un email unos días antes del cobro indicando el consumo que has tenido y el importe que vamos a pasar por el banco. En caso de preferir factura en papel, recibirás la factura por correo ordinario, si bien no recomendamos está opción a nivel de sostenibilidad. Por lo general se pasa al cobro a finales del mes siguiente al mes de consumo.
¿Cómo puedo consultar mi factura?
En el área de usuarios de nuestra web podrás consultar las facturas actuales y anteriores. La primera vez que accedas deberás registrarte. Es muy sencillo, pero en el caso de precisar ayuda, nosotros te facilitaríamos el registro.
¿Puedo conocer mi consumo en tiempo real?
Si, debes acceder a la página web de tu distribuidora (si estás en Murcia, la distribuidora es I-DE) y registrarte. Tendrás acceso a toda la información relativa a tu consumo por días, semanas o años.
¿Quién vendrá a leer mi contador?
La empresa encargada de leer tu contador es la distribuidora eléctrica de tu zona (Endesa, Naturgy, Iberdrola etc.). Aunque hoy en día la mayoría de los contadores son digitales y manda la lectura a la distribuidora de manera automática.
¿De dónde proviene la energía que consumo?
A través del Grupo Enercoop, comercializamos electricidad verde 100% CLASE A producida en su mayoría por la propia Enercoop mediante plantas fotovoltaicas y minihidráulicas, la mayoría de ellas situadas en el sureste de nuestro país.
¿Se puede contratar también el gas?
No, mientras no exista una certificación oficial de origen renovable para el gas. Si tuvieras un contrato actual de luz + gas, se pueden separar perfectamente ya que son suministros diferentes.
¿Cómo puedo recibir más información?
Puedes escribirnos con cualquier consulta a info@lasolarenergiacoop.es. Si lo deseas, te mantendremos informado de todas actividades de la cooperativa, a través de nuestras redes sociales.
¿Quién puede asociarse a la solar?
Toda persona física mayor de edad y cualquier persona jurídica puede ser socio/a de nuestra cooperativa rellenado este formulario.
¿Por qué hacerme socio/a?
La fuerza de una cooperativa no la dan sus números económicos, sino el número de personas asociadas. Asociándote impulsas y participas en un proyecto sostenible de compra de energías renovables. A su vez colaboras con la economía local y participas en la toma de decisiones. Eres dueño del control de tu eléctrica.
¿Qué coste tiene ser socio/a?
Para ser socio/a debes hacer un ingreso de 100€ al capital social de la cooperativa. Esto es menos de lo que te cuesta una sesión de peluquería y belleza. Será un único pago, sin cuotas y reembolsable si dejas la cooperativa.
¿Cómo hacerme socio/a?
¡Muy sencillo! Sólo tienes que rellenar el formulario de socio/a.
¿Por qué el ingreso de 100€?
Este dinero servirá para que nuestra cooperativa pueda respaldar los avales obligados de su actividad de compra de energía eléctrica, a partir de los criterios que decida la asamblea. En la fase inicial, tu aportación quedará “congelada” en la cuenta bancaria para poder generar los avales que pide el mercado eléctrico a las entidades comercializadoras de electricidad cuando seamos comercializadora.
¿Cómo puedo darme de baja como socio/a?
Si quieres dejar de ser socio/a de la cooperativa y que te devolvamos la aportación al capital social de 100€, tan solo tienes que enviar un correo electrónico a cooperativistas@lasolarenergiacoop.es indicando tu nombre completo y número de socio/a. Para poder seguir mejorando y aprendiendo, agradeceremos que incluyas también el motivo de la baja. En los Estatutos puedes consultar los motivos reconocidos para la baja voluntaria.
¿Supone algún riesgo ser socio/a cooperativista?
El riesgo se limita a los 100€ que se aportan en caso de que la cooperativa quebrara. Tampoco pedimos financiación a bancos, por lo que funcionamos sólo con recursos propios obtenidos de la actividad de comercialización de electricidad limpia y las aportaciones al capital Social. Sólo crecemos en personal y gastos generales cuando los recursos propios lo permiten. Si en el futuro hubiera una demanda social mayoritaria entre los asociados que genere alguna incertidumbre en temas económicos -como por ejemplo solicitar financiación externa-, se buscará el máximo consenso, pero si no resultara posible ese consenso, es causa reconocida y aceptada para dejar la cooperativa y disponer de la devolución del ingreso al capital social inicial de 100€.
¿Qué ventajas tengo siendo socio/a de la cooperativa?
- Ser copropietario/a de tu propia empresa de energía, ganando independencia respecto de las grandes compañías eléctricas
- Participar en la toma de decisiones: todas las personas socias tienen derecho a voto y a ser elegidos en cargos de responsabilidad interna
- Un mayor nivel de información que siendo sólo usuario
- Colaborar en un proyecto ético y sostenible, apostando por las energías renovables
- Poder participar en proyectos de ahorro como el H2020 ACCEPT
- Aunque en la última Asamblea los socios/as decidimos renunciar al descuento sobre el precio de la energía debido a los vaivenes del mercado, la idea es retomar esta ventaja en un futuro
¿Qué tratamiento fiscal tiene la aportación al capital social?
La aportación obligatoria de 100€ al capital social que se realiza para ser socio/a de la cooperativa no tiene ningún efecto sobre la Declaración de la Renta.
¿Por qué siendo socio/a o usuario de la solar en mi contrato de suministro aparece también ENERCOOP?
Comenzar a operar en el mercado eléctrico no es fácil. Los márgenes de comercialización son muy pequeños y las penalizaciones por errores en la compra de energía son altos. Por ello empezamos con la ayuda de Enercoop, la cooperativa más veterana de nuestro país (año 1925). Cuando el numero de contratos gestionados a través nuestro permita que su margen de beneficio pueda pagar una estructura profesional se planteará ante la Asamblea la “desconexión” de Enercoop y podremos empezar a operar por nuestra cuenta. Por eso, ¡asóciate!
Actualmente soy socio/a de otra cooperativa eléctrica, ¿puedo ser socio/a también de esta cooperativa?
Se puede ser socio/a de tantas cooperativas eléctricas como uno desee.
¿Puedo asociarme sin contratar el suministro eléctrico?
Perfectamente. De hecho, la solar tiene socios/as en el extranjero y socios/as que tienen su contrato de electricidad con otras comercializadoras amigas.
¿Cómo funciona el sistema tarifario actual?
No importa dónde vivas y cuál sea tu compañía eléctrica porque el 1 de junio 2021 cambió la factura de la luz para todos. Si quieres saber cómo te afecta o cómo ahorrar a partir de ahora, pincha aquí y descubre todo lo que necesitas saber.
¿Es necesario realizar algún tipo de instalación en el domicilio para cambiarme a la solar?
Si ya tienes el servicio dado de alta con otra comercializadora, no es necesario hacer ningún tipo de instalación.
Entonces, ¿no tiene que venir algún técnico para darme de alta?
No. Para realizar un cambio de comercializadora no es necesario que vaya ningún técnico a tu casa.
¿En el cambio me quedaré sin electricidad?
No, el suministro eléctrico de tu domicilio no sufrirá ninguna interrupción.
¿Tengo que dar de baja mi servicio de electricidad actual?
No, nosotros nos encargamos de hacer el cambio a la solar sin que tengas que hacer nada.
¿Tenéis compromiso de permanencia?
No, ninguno.
¿Qué es el Código Universal del Punto de Suministro (CUPS)?
Es un número que identifica de forma única la instalación eléctrica de tu casa. Como si fuera el número en las líneas de teléfono.
¿Existe algún teléfono de asistencia al usuario para cualquier duda o trámite?
Sí, tienes dos teléfonos gratuitos de atención al usuario: 868 247 733 – 673 183 116
¿Puede haber incidencias o cortes en el servicio? ¿Cómo se resuelven?
Cambiar de comercializadora no hará que tengas más incidencias que las que has tenido hasta ahora. Es importante saber que las incidencias de cortes en el servicio las debe resolver la distribuidora de tu zona que es la responsable de dar un servicio continuado y de calidad.
Distribuidora Iberdrola: 900 171 171
¿Puedo cambiar la potencia contratada?
Si ya eres usuario de la solar y deseas cambiar la potencia contratada, ponte en contacto con nosotros en el 868 247 733 o en el 673 183 116. También nos puedes enviar un correo a info@lasolarenergiacoop.es.
Recuerda que sólo podrás escoger entre las potencias menores de 15kW en tramos de 0,1 kW:
3.8 kW / 3.9 kW / 4.0 kW etc.
Tanto la solicitud de subida como la de bajada de potencia tienen un coste que nos repercutirá la distribuidora de tu zona que nosotros te cobraremos en tu próxima factura sin ningún tipo de incentivo, margen o sobre coste por nuestra parte. Lo único que tienes que tener en cuenta al pedir un cambio de potencia es que, si en menos de un año volvemos a pedir otro cambio, tu distribuidora podría denegarlo y tendrías que esperar un tiempo para hacer la modificación.
¿Puedo solicitar un cambio de titular?
Si ya eres usuario de la solar, puedes solicitarnos el cambio de titular contactando con nosotros a través del número de atención al usuario 868 247 733 o enviando un correo a info@lasolarenergiacoop.es. Para el cambio es necesario que dispongas del documento de identidad del nuevo titular.
Si aún no eres usuario de la solar, en el momento de realizar la contratación con nosotros puedes indicar que quieres tramitar un cambio de titular y gestionaremos tu activación con los datos que nos indiques.
¿Una empresa puede contratar la luz con la solar?
Una empresa, como persona jurídica, puede hacerse socia o ser solo usuario de la solar y acceder a los mismos precios que cualquier otro socio/a particular.
¿Un ayuntamiento puede contratar la luz con la solar?
Cualquier ayuntamiento que lo desee puede contratar la luz con la solar.
Su auge en los últimos tiempos se debe a que la instalación de las tecnologías que lo hacen posible son cada vez más asequibles y a que los trámites administrativos también son menores. A esto hay que sumar la existencia de subvenciones para la instalación. Descubre una forma de ahorrar en tu factura eléctrica al tiempo que luchas contra el cambio climático.
¿En qué consiste el autoconsumo fotovoltaico en conexión a red?
Una instalación de autoconsumo fotovoltaico en conexión a red es una planta generadora de electricidad a partir del recurso solar para generar energía eléctrica que será autoconsumida por la vivienda o empresa en tiempo real. Los kilovatios hora (kWh) generados por encima del consumo son inyectados en la red eléctrica.
¿Cómo me compensan por la energía «que me sobra»?
El importe de la energía sobrante e inyectada a la red se gestiona del siguiente modo:
- Descontándolo de la factura, en el llamado modo simplificado, que será el utilizado en la inmensa mayoría de casos. Hasta el límite que marca la normativa.
- Si aún descontando de tu factura ese importe tienes excedentes no compensables por normativa, éstos pasarán al monedero virtual (también llamado batería virtual) que podrás usarlo para otro suministro que tengas a tu nombre o guardarlo en tu cuenta para descontarlo cuando quieras. El monedero virtual lo ofrecemos de modo gratuito al contratar con nosotros.
¿Cómo puedo saber más sobre mis posibilidades como prosumidor: hogares y empresas que consumen y producen electricidad fotovoltaica?
Tanto nosotros, como nuestros socios de enercoop, estamos trabajando con mucha ilusión el fomento del autoconsumo residencial y empresarial. A tal efecto, tenemos un acuerdo con la empresa de ingeniería Efficiency Consulting. Esta empresa es la encargada de realizar los presupuestos y las instalaciones para nuestros usuarios, por lo que estaremos encantados de ayudarte a saber las posibilidades de tu hogar o empresa. Por cierto, nosotros no cobramos ni un euro por esta gestión.
¿Cuál es la inversión que tengo que realizar?
Es necesario hacer un estudio detallado en cada caso, pero, de modo general, se realiza un inversión que ronda los 4.000€ + IVA, cantidad que se suele amortizar en 5-7 años.
¿Se puede financiar la instalación?
Existen buenas líneas de financiación específicas y la posibilidad de descontar parte de la inversión en el tramo autonómico de IRPF.
¿Cuál la vida útil media de las placas?
La garantía del producto suele estar en 12 años y los fabricantes suelen ofrecer garantías de producción hasta los 25 años, aunque se estima que la vida útil es de 30 años. En el caso de los inversores para instalaciones domésticas, la garantía es de 10 años; si se trata de instalaciones de más de 20 Kw, la garantía queda en 5 años.
¿Existen ayudas públicas?
Los programas de ayudas aprobados por el RD 477/2021 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023, divididos en distintas líneas de ayuda, que serán financiados con los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Puedes consultarlos en este enlace aquí.
Otras cosas a tener en cuenta
- La máxima rentabilidad se obtiene cuanto mayor es la cantidad de kWh que se autoconsumen.
- Por tanto, la compensación de excedentes es un beneficio, pero no el modo más beneficioso económicamente de aprovechar la energía autoproducida.
- El uso de baterías es una posibilidad rentable a medio plazo, pero los costes son altos. En previsión de ello, los inversores instalados para nuestros usuarios son de tipo híbrido, lo cual permite incorporar baterías sin necesidad de sustituirlos.
- Las segundas residencias alargan mucho el periodo en que se recupera la inversión, pues su uso es de pocos meses al año, salvo que tengas activado el monedero virtual, en cuyo caso podrás recuperar los excedentes en tu vivienda principal.
- En hogares de primera residencia es idóneo desplazar consumos al momento en que más produzca la instalación: electrodomésticos programables, termos para agua caliente, sistemas de acumulación de calor o de suelo radiante o aires acondicionados se acoplan bien para autoconsumir.
Caso práctico de autoconsumo sin baterías en la Región de Murcia
Durante el año 2021, una de nuestras instalaciones sin baterías en una vivienda residencial de cinco miembros ubicada en Bullas ha conseguido ahorrar el 45,1 % de la energía que ha consumido. Los ahorros medios estudiados desde nuestras instalaciones están en torno a un 30-50 % del total de energía consumida. Seguimos estudiando las instalaciones ejecutadas al objeto de continuar ofreciendo datos empíricos de funcionamiento a nivel local para ratificar lo que siempre hemos sabido: la energía solar fotovoltaica en el autoconsumo es el camino para ahorrar energía y reducir nuestro coste de la factura de la luz, contribuyendo además a la sostenibilidad e independencia de los mercados eléctricos.
Caso práctico de autoconsumo con baterías en la Región de Murcia
Las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo con baterías están consiguiendo datos sorprendentes en cuanto a ahorro de energía. El secreto es un buen estudio pormenorizado de su consumo y diseño de potencia y acumulación adaptada a sus necesidades. Una de nuestras instalaciones en la Región de Murcia de uno de nuestros usuarios, una vivienda residencial de alto consumo, está consiguiendo en días de buena radiación hasta un 90% de ahorro en su consumo. Por ejemplo, el 3 de Octubre tuvo un consumo de 20, 25 kWh, consiguió consumir de su propia instalación 18,53 kWh, exactamente el 91,51%.
No obstante, la media de ahorro de energía mensual es menor, pero significativamente atractiva. Por ejemplo, el pasado mes de Septiembre y para esta misma vivienda fue de un 76%. Y durante el mes de Agosto de casi un 80%. Estos ahorros se traducen directamente en la factura de la luz, teniendo a su vez en cuenta que compensamos la energía excedentaria a 12 c€/kWh.
De Octubre a Marzo, estos valores de autoconsumo son menores, no situándose por debajo del 60%, alcanzando medias anuales que, si bien dependen de muchos factores (sobre dimensionamiento de la instalación, consumos y gestión de estos adaptados a la producción, hábitos, acumulación de energía, etc.), nos atrevemos a decir que estarán de media en torno entre un 65-85%. Seguimos estudiando las instalaciones ejecutadas al objeto de continuar ofreciendo datos empíricos de funcionamiento a nivel local para ratificar lo que siempre hemos sabido: la energía solar fotovoltaica en el autoconsumo es el camino para ahorrar energía y reducir nuestro coste de la factura de la luz, contribuyendo además a la sostenibilidad e independencia de los mercados eléctricos.
¿Cómo puedo solicitar un presupuesto?
Enviando un correo a autoconsumo@lasolarenergiacoop.es. Si ya eres usuario nuestro desde hace más de un año, no hará falta que nos envíes nada pues dispondremos de facturas de 12 meses y la referencia catastral. En caso de no ser usuario o serlo desde hace menos de 12 meses, te pediremos la referencia catastral y las facturas necesarias para tener un año de consumos.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de CER?
Imagina que tu comunidad de vecinos, barrio o polígono industrial puede beneficiarse colectivamente de las mismas instalaciones de generación de energía ¿Qué supondría? Principalmente un aprovechamiento de la capacidad de generación eléctrica o térmica, una mejora de la eficiencia energética, un desarrollo de sistemas de movilidad sostenible… Por otra parte, la comunidad o el área local se beneficiaría en términos medioambientales y sociales. Y es que las comunidades energéticas son, principalmente, un concepto social, donde prima la gobernanza de ciudadanos, pymes y autoridades locales.
¿Cómo funciona una CER?
Las CER pueden llevar a cabo múltiples actividades: producir, consumir, almacenar, compartir o vender energía. Un ejemplo de este tipo de actividades en las que se pueden basar son el autoconsumo o la generación distribuida, que suponen un factor importante para el ahorro económico de muchas familias, especialmente para las más vulnerables, pudiendo de esta forma hacer frente a la pobreza energética. Además, se evita la dependencia sobre las compañías eléctricas convencionales y se aumenta la competitividad en la industria. Una mayor participación de la ciudadanía en el sector energético es crucial para el cambio, refuerza el papel de los ciudadanos y garantiza el derecho de acceso a la energía.
¿Qué entiende la UE como Comunidad Energética?
La normativa europea introduce dos conceptos sobre lo que se entiende como comunidad energética:
- Comunidad Ciudadana de Energía (CCE): Artículo 16 de la Directiva UE 2019/944, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de junio de 2019 sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad. Puedes consultar el texto completo aquí.
- Comunidad de Energía Renovable (CER): Artículo 22 de la Directiva UE 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2018 relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables. Puedes consultar el texto completo aquí.
¿Cuál es el marco jurídico español?
En el marco jurídico español, en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, mediante la modificación de varios artículos de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, se definen las Comunidades de Energías Renovables como “entidades jurídicas basadas en la participación abierta y voluntaria, autónomas y efectivamente controladas por socios o miembros que están situados en las proximidades de los proyectos de energías renovables que sean propiedad de dichas entidades jurídicas y que estas hayan desarrollado, cuyos socios o miembros sean personas físicas, pymes o autoridades locales, incluidos los municipios y cuya finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras.” Puedes consultar el texto completo aquí.
¿Cuáles son las principales actividades que se desarrollan en una CER?
- Generación de energía que procede de fuentes renovables.
- Proporcionar servicios de eficiencia energética, incluyendo, por ejemplo, renovaciones de edificios.
- Suministro, consumo, agregación y almacenamiento de energía y, potencialmente, distribución.
- Prestación de servicios de recarga de vehículos eléctricos o de otros servicios energéticos.
Ventajas de las CER
- Proporcionan a los ciudadanos un acceso justo y fácil a recursos locales de energía renovable y otros servicios energéticos o de movilidad, pudiendo beneficiarse de inversiones en los mismos.
- Los usuarios podrán tomar el control y tendrán una mayor responsabilidad para la auto provisión de sus necesidades energéticas.
- Se crean oportunidades de inversión para ciudadanos y negocios locales.
- Ofrecer a las comunidades la posibilidad de crear ingresos que se generan y permanecen en la propia comunidad local.
- Facilitación de integración de energías renovables en el sistema a través de la gestión de la demanda.
- Beneficios ambientales: disminución de la energía consumida, aumento de energía renovable distribuida o reducción de los combustibles fósiles utilizados.
- Beneficios sociales: creación de empleo local, fomento de un tejido comunitario, equidad social, empoderamiento ciudadano o reinversión de los beneficios de la actividad en los aspectos prioritarios para la comunidad.
¿Qué hay de realidad en esto actualmente?
Disponemos de la teoría, de lo que debemos ser, pero aún no está desarrollado plenamente el cómo hacerlas. Aunque ya existen proyectos en marcha falta, aún la normativa que regule las figuras jurídicas de la CER.
Por eso, dentro de este proceso, recientemente se ha abierto la posibilidad de constituir las Oficinas de Transformación Comunitaria (OTC), que serán entidades a crear en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que servirán de apoyo y colaboración para la creación de estas CER ofreciendo una labor de asesoría administrativa, técnica y jurídica.
¿Qué hacemos en la solar?
Nos vamos a constituir como OTC para dar servicio a la demanda existente, tanto de particulares, como de entidades públicas que quieran desarrollar un proyecto de este tipo. Porque queremos hacer realidad nuestro compromiso impulsando las Comunidades Energéticas Locales como instrumento para responder a los retos del cambio climático a la vez que se desarrolla un modelo de empresa social y cooperativa.
Con la posibilidad de ser una OTC, podremos ayudarte en los pilares básicos de la creación de una Comunidad de la Energía:
- Proyecto técnico para la generación de energía renovable
- Plan de Gobernanza de la Comunidad
- Plan de Financiación y localización de ayudas a las que poder acogerse.
- Y, por supuesto, en el factor comercialización, pues todos los puntos de suministro deben estar en la misma comercializadora.
Así que, si eres una persona individual, una pyme, si tienes responsabilidad en una administración municipal o formas parte de un grupo de personas que quieren impulsar un nuevo modo de generar, usar y gestionar energía renovable a nivel local a través de una fórmula cooperativa, no dudes en ponerte en contacto con nosotros: 868 24 77 33 – 673 183 116 – info@lasolarenergiacoop.es
Si tienes alguna duda sobre cómo te sienta tu jersey nuevo, puedes llamarnos. Pero te seremos más útiles resolviendo dudas sobre energía eléctrica
Horario:
Lunes a viernes
9:00h-14:00h